La Regularidad Masónica

La regularidad masónica es la condición de igualdad y uniformidad de una Gran Logia o Gran Oriente ante los antiguos Principios, Constituciones y Landmarks, que le confieren prerrogativas formales, en el sentido de la obtención del reconocimiento de su legitimidad por parte de otras Potencias masónicas Regulares, basándose —esencialmente— en la Regularidad de su Origen y en la Regularidad de sus Prácticas.

Esta expresión que se emplea frecuentemente y se utiliza, a veces, como arma arrojadiza de unas Obediencias contra otras, tiene importancia en la Gran Logia Federal de España porque esta admite como visitantes en sus Logias solamente a los masones regulares que pertenezcan a otra Obediencia Regular, y sólo autoriza a sus miembros a visitar las de aquellas que tienen ese mismo carácter. No obstante, proclama que todos los francmasones del mundo son Hermanos.

La regularidad se refiere a tres aspectos- dos principales y uno secundario:

· Legitimidad o regularidad de origen

· Respeto a las Antiguas Reglas

· Reconocimiento

Legitimidad o Regularidad de Origen. Una Logia necesita, para ser regular la transmisión de una Tradición. Es regular de origen una Obediencia, o una Logia constituida y consagrada legalmente. Es regla generalmente aceptada que una nueva Gran Logia —o Gran Oriente—, para ser regular de origen, ha de ser fundada por otra Gran Logia —o Gran Oriente— que sea a su vez regular de origen, o bien por tres Logias que posean esa cualidad.

La Gran Logia Federal de España se constituyó sobre la base de doce Logias Regulares, todas ellas con sus Cartas Patentes otorgadas por Obediencias Regulares; fue fundada por la Gran Logia Regular de Portugal, y consagrada e instalada por las Grandes Logias regulares de Portugal y Cuba y por el Grande Oriente de Italia, representadas las tres Obediencias, por sus Grandes Maestros. Su legitimidad o regularidad de origen es, por lo tanto, incuestionable. La Regularidad de Principios o Respeto a las Antiguas Reglas es el estado jurídico creado y conservado por el cumplimiento de los Landmarks y las condiciones esenciales a la naturaleza masónica.

Respeto a las Antiguas Reglas. Las principales de ellas han sido establecidas en Septiembre del año 1929 al no haberse podido llegar a un acuerdo sobre los Landmarks ni entre las potencias masónicas ni entre los tratadistas que representaban «la doctrina». Son ocho puntos que han sido admitidos por todas las Obediencias Regulares y que son las condiciones establecidas para reconocer como «regular» a un cuerpo masónico:

1. La Regularidad de Origen: es decir, cada Gran Logia ha de haber sido legalmente establecida por una Gran Logia reconocida o. al menos, por tres Logias regularmente constituidas.

2. La Creencia en el G\A\D\U\ y en Su Voluntad Revelada es una condición esencial en la admisión de cada miembro.

3. Todos los Iniciados aceptan su obligación sobre —o en presencia de— un Volumen abierto de la Ley Santa; lo que significa que la revelación de lo Alto ata la conciencia de aquel que se inicia.

4. Los miembros de la Gran Logia y de las Logias individuales deben componerse de hombres exclusivamente; y cada Gran Logia no mantendrá relación alguna con las Logias mixtas o de los organismos que admitan a mujeres como miembros.

5. La Gran Logia tendrá poderes de jurisdicción soberanos sobre las Logias bajo su control; es decir, será una organización responsable que se gobierna independientemente y queposee ella sola el poder de gobernar la Orden y los Grados Simbólicos de su Obediencia (Aprendiz, Compañero y Maestro). No cederá ni compartirá esta autoridad, con un Consejo Supremo o cualquiera otra Potencia que reivindicase el control o la autoridad sobre estos Grados.

6. Las Tres Grandes Luces de la Francmasonería —el Volumen de la Ley Santa, la Escuadra y el Compás— estarán siempre expuestos durante los Trabajos de la Gran Logia o de las Logias de su Obediencia. La más importante de las tres es el Volumen de la Ley Santa.

7. Toda discusión religiosa o política estará absolutamente prohibida en el interior de las Logias.

8. Los principios de los Antiguos Reglamentos, Usos y Costumbres de la Francmasonería serán estrictamente observados.

El respeto a estas Reglas y Tradiciones está recogido en sus Estatutos y Rituales.

Reconocimiento. Tiene un carácter secundario. Teóricamente establecida y contrastada la regularidad de una Obediencia parece, como corolario lógico, que deberían establecerse relaciones fraternales con las demás. En la práctica no ocurre necesariamente esto, al menos en la masonería anglosajona; y ello porque —por desgracia— priman razones de política masónica que, a veces, tienen tintes “neocoloniales”. De todas formas el reconocimiento es una obligación moral que se debe extender; pero no es un derecho que se pueda exigir. La Masonería del ámbito anglosajón se rige, en esta materia, por unos criterios o principios adoptados por la Gran Logia de Inglaterra en 1929.

La Gran Logia Federal de España tiene suscritos Tratados de Amistad y Mutuo Reconocimiento con numerosas Obediencias de Europa y de Latino-América.